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Trámite sin certificado Trámite con certificado SOLICITUD ADHESIÓN CÓDIGO BUENAS PRÁCTICAS TELEPSICOLOGÍA

La implantación en la sociedad de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación ha sufrido una aceleración exponencial en las últimas décadas.Por ello, resulta difícil hallar un ámbito en el que no hayan entrado a formar parte de alguna manera.

La Psicología, como ciencia en continuo avance e integrada de manera firme en nuestra sociedad, no queda ajena a esta revolución de las comunicaciones. Prácticamente todos/as los/as profesionales de la Psicología han utilizado o utilizarán en la prestación de sus servicios algunas de estas herramientas. 

La tendencia actual y futura se inclina con claridad a favor de la utilización de los servicios de Telepsicología, tanto para el ámbito público como para el privado y en todas las especialidades de la profesión. Esto supone una serie de ventajas para el profesional y los/as pacientes/ clientes, como son el superar la limitación que suponen las barreras geográficas o temporales, y el acceso a poblaciones con dificultades para el desplazamiento. Sin embargo, a su vez, estas tecnologías suponen un reto a diferentes niveles, como son el tecnológico, jurídico, deontológico o clínico en los que el profesional asume importantes responsabilidades y riesgos que debe controlar y minimizar.

El Colegio Oficial de la Psicología de Madrid y el Consejo General de la Psicología han establecido, a través de los documentos que a continuación se detallan, un conjunto de Buenas Prácticas en materia de TelePsicología o intervención psicológica online para ser cumplidos por sus colegiados:

- Guía de Competencias del psicólogo para la prestación de servicios profesionales de TelePsicología, elaborado por el Colegio Oficial de la Psicología de Madrid.

- Guía para la práctica de la Telepsicología, elaborado por el Consejo General de la Psicología.

- Buenas Prácticas para la Protección de datos en Psicología en Internet, elaborado por el Colegio Oficial de la Psicología de Madrid.

- Dimensiones de seguridad informática a cumplir por las plataformas de Psicología on line, elaborado por el Colegio Oficial de la Psicología de Madrid.

Estos documentos se rigen, a su vez, por el Código Deontológico del Psicólogo.

La finalidad principal de las citadas publicaciones es la de favorecer el cumplimiento de Buenas Prácticas en Telepsicología, haciéndolas extensivas a las entidades proveedoras de Servicios Telemáticos, y susceptibles de ser utilizados por sus Colegiados para la asistencia psicológica a distancia.

Al solicitar la adhesión a este código, se compromete a:

I.- A colaborar con el Colegio Oficial de la Psicología de Madrid en acciones encaminadas al desarrollo, análisis e impulso de las buenas prácticas con relación a la asistencia psicológica a distancia a través de medios tecnológicos, conocida como TelePsicología o intervención psicológica online.

II.- A que los psicólogos/as que conforman el equipo de colaboradores/as de la entidad ostenten los requisitos legales para el ejercicio de la profesión, se encuentren en posesión de la Licenciatura o Grado en Psicología, estén colegiados/as, no cuenten con ninguna sanción deontológica en vigor, tengan la competencia y la habilitación acreditada necesaria en cada caso para ejercer dicho servicio en una modalidad presencial, así como haber suscrito un seguro de Responsabilidad Civil.

III.- A que los psicólogos/as que forman parte del equipo de colaboradores/as cumplan con lo recogido en los documentos descritos en el apartado segundo de este Código de Conducta e incluidos como ANEXOS (Guía de competencias del psicólogo para la prestación de servicios profesionales de TelePsicología, Guía para la práctica de la Telepsicología, Buenas Prácticas para la Protección de datos en Psicología en Internet, y el documento Dimensiones de seguridad informática a cumplir por las plataformas de Psicología online).

IV- A que en el proceso de selección de psicólogos/as que formen parte de su equipo, y a los que ya estén prestando servicios en la entidad, se les dote de una formación específica en Telepsicología, en base al Código de Conducta de Buenas Prácticas.

V.- Cumplir con todos los requisitos establecidos en el Procedimiento de Adhesión al Código de Conducta de Buenas Prácticas para la Prestación de Servicios de Telepsicología del Colegio Oficial de la Psicología de Madrid.

Tramitación

La Junta de Gobierno o el comité que designe en su caso, valorará si la solicitud de adhesión y los documentos aportados cumplen con los requisitos detallados en el Procedimiento para la aprobación de la solicitud.

Si existen defectos de forma, se requerirá a la entidad solicitante que en el plazo de 10 días hábiles proceda a su subsanación. Si no lo realiza en el plazo descrito, se entenderá que el/la solicitante desiste de su solicitud y será archivada.

En un plazo máximo de 60 días desde la recepción de la solicitud, el Colegio notificará la resolución y enviará el Documento del Compromiso de Adhesión para la firma por parte de la entidad solicitante. En el caso de no concederse la solicitud, notificará la/s causa/s de la resolución negativa, que dispondrá de 10 días hábiles desde la fecha de recepción de la notificación para tramitar las correspondientes alegaciones.

El Colegio Oficial de la Psicología de Madrid podrá dar a conocer en su página web o en otros medios a aquellas entidades que hayan firmado su adhesión al Código de Conducta.

Seguimiento y Auditoría

Con el fin de comprobar el grado de adecuación del cumplimiento de los requisitos detallados en el procedimiento por parte de las entidades a las que se les haya aprobado la solicitud, la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de la Psicología de Madrid podrá realizar o encargar la realización de un seguimiento y una auditoría, que incluye la verificación del cumplimiento documental o in situ de los requerimientos descritos en el procedimiento.

En el caso de que se compruebe que existe incumplimiento de alguno de los requisitos detallados en el Procedimiento, el Colegio Oficial de la Psicología de Madrid podrá anular la aprobación del compromiso de adhesión concedido.

Formas de tramitación

  • Telemático

    Para tramitar telemáticamente pulse la opción de TRAMITAR o TRAMITAR CON AUTENTICACIÓN, al final de esta página. Rellene el formulario que le aparecerá en pantalla y tras verificar que se han introducido los datos correctamente, pulse ENVIAR

    Se le volverá a mostrar en otra ventana la información que deberá confirmar,  pulsando el botón CONFIRMAR, si todo el proceso ha sido correcto recibirá en su correo electrónico un mensaje con la entrada en el registro colegial y otro mensaje con un enlace para permitirle hacer el seguimiento de la solicitud mediante el  enlace indicando su NIF y el código de solicitud y un correo electrónico con la entrada en el registro colegial o consultarlo directamente en "MI CARPETA".

  • Presencial

    Puede presentarse presencialmente en la sede del Colegio 

    Cuesta de San Vicente 4, 4ª planta
    28008 Madrid 


    Consultar horarios

    Las personas con movilidad reducida pueden contactar por teléfono para activar el dispositivo de acceso. (Telf:+34 91 541 99 99)

     En el caso de tramitar SIN Certificado Electrónico, deberá descargar el documento "Solicitud de Adhesión al Código de Buenas Prácticas para la Prestación de Servicios de TelePsicología del Colegio Oficial de la Psicología de Madrid" desde el apartado "IMPRESOS" en la información del trámite, cumplimentar el documento, y entregarlo debidamente firmado junto con el resto de la documentación indicada en la sede del Colegio.



Documentación que se debe aportar

Documentación que deberá aportar la entidad que solicita la Adhesión:

A) Solicitud de Adhesión, presentada por un/a colegiado/a en el Colegio Oficial de la Psicología de Madrid.

B) Listado de los psicólogos/as colegiados/as que trabajen, colaboren y/o presten servicios en la entidad.

C) Si la asistencia o intervención psicológica online es de ámbito clínico/sanitario, deberá presentar copia del Registro como Centro Sanitario.

 

Observaciones

Derechos de la entidad, una vez aprobada la solicitud.

Una vez que se apruebe la solicitud y envíe firmado el Documento de Compromiso de Adhesión, la entidad tiene derecho a publicitar que su centro está adherido al Convenio de Adhesión del Código de Conducta deBuenas Prácticas para la Prestación de Servicios de Telepsicología con el Colegio Oficial dela Psicología de Madrid, utilizando el logotipo de Telepsicología del Colegio.

Duración del Convenio

La duración del Compromiso de Adhesión será de 5 años, prorrogable por idéntico periodo de tiempo previa aprobación de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de la Psicología de Madrid. 

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